top of page






1/3
¿Hacia quienes va dirigida la Prueba Psicosensomotriz?
La prueba psicosensomotriz debe practicarsele a todo trabajador que desempeñe labores en las cuales, su actividad principal sea la conducción u operación de vehículos y/o maquinarias. Enunciamos a continuación algunos ejemplos de estas actividades donde se hace necesario la Prueba psicosensomotriz.
- Conductor de vehículos terrestres para suelo pavimentado o firme: automóviles, autobuses de transporte urbano, buses de transporte, motocicletas, trailers, motocarros, camiones, etc.
- Conductor de vehículos marítimos y fluviales: Lanchas, buques, barcos, botes, motos de agua, etc.
- Operador de vehículos sobre rieles: Furgones, trenes, tranvías, metros, vagones, montacargas, monorieles, etc.
- Conductor de vehículos aéreos con motor: Aviones. (Ver "2º parte del Reglamento Aeronáutico de Colombia").
- Conductor de vehículo aéreos de hélice: Helicóptero, avionetas. (Ver "2º parte del Reglamento Aeronáutico de Colombia").
- Operador de maquinaria pesada: Grúas, remolcadores, aplanadoras cilíndricas retroexcavadoras, motoconformadoras, trascabos, tractomulas.
CAMBIOS EN NUESTRO PROTOCOLO DE EXÁMENES PARA CONDUCTORES
Como parte de nuestro apoyo diagnostico, y en base al parágrafo del Artículo 19 del Nuevo Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), realizamos la adición de la prueba psicosensometrica en nuestro protocolo de exámenes para conductores.

bottom of page